ESPECIAL DEVOCIÓN DE LOS
SIETE
DOMINGOS A SAN JOSÉ
Consagrados a honrar
los 7 Dolores y Gozos de SAN JOSÉ
Con indulgencia plenaria para cada domingo
INTRODUCCIÓN
La devoción a San José sigue los progresos de la devoción a
la Santísima Virgen. Los fieles hijos de María han comprendido que nada podrían
hacer de más agradable a su Divina Madre como honrar con un culto especial a su
angélico Esposo.
“María –dice el devoto y virtuoso Padre Faber- debe ser el
primer objeto de nuestra devoción, San José el segundo”. Puede afirmarse que
las prácticas en honor de este glorioso patriarca, modelo y protector de las
almas interiores, están basadas en las costumbres y en los usos de una
verdadera piedad.
Tanto en las alegrías que la Divina Providencia nos concede,
como en las pruebas a que nos somete, conocemos a nuestros verdaderos amigos, a
los que interesan realmente en lo que nos concierne. He aquí por qué la Santa
Iglesia nos recuerda tan a menudo los misterios gozosos y dolorosos de Jesús,
María y José. En efecto, cuando se ama de veras a alguno se toma una parte
igual en todo lo que pueda alegrarle o afligirle.
Por esta razón los fieles servidores de San José han adoptado
con satisfacción la piadosa y devota práctica llamada la devoción de los SIETE
DOMINGOS.
Los Soberanos Pontífices que han ocupado tan gloriosamente la
cátedra de San Pedro estos últimos tiempos han requerido de preciosas
indulgencias esta devoción a fin de estimular a todos los fieles a practicarla.
Se ganan 300 días de indulgencia cada vez, en virtud de un
concesión de Su Santidad Gregorio XVI, de fecha 22 de enero 1836, rezando
durante siete domingos consecutivos en el curso del año, a la elección de los
fieles, los SIETE GOZOS Y LOS SIETE DOLORES DE
SAN JOSÉ, y el séptimo domingo una indulgencia plenaria.
El Santo Pontífice Pío IX, deseando en su amor tan tierno y
tan ardiente por María, extendió en todas partes la devoción a su casto Esposo,
a las indulgencias, ya concedidas a la devoción de los SIETE DOMINGOS añadió en
primero de febrero de 1847 una indulgencia plenaria en cada domingo, aplicable
a las almas del Purgatorio; y en 22 de marzo del mismo año hizo extensivas
estas indulgencias a todos los que, no sabiendo leer o no teniendo la
depredación sobre dicha, rezarán en esos mismos domingos SIETE PADRENUESTROS
CON AVEMARIA Y GLORIA AL PADRE, añadiendo a ellos las condiciones
acostumbradas, para ganar indulgencia plenaria esto es: la Confesión, la
Comunión, y orar un rato por las necesidades de la Iglesia. Los verdaderos
devotos de San José han correspondido diligentemente a esta piadosa invitación
del Vicario de Jesucristo. Las gracias preciosas obtenidas, los milagros
obrados por el Señor a favor de los que
han practicado esta devoción con piedad, han sido un poderoso estímulo para
aumentar la devoción a San José. A fin pues, de ayudar en cuanto lo permitan
nuestras fuerzas, a las almas devotas a practicar cumplidamente estos
ejercicios, les ofrecemos una meditación cada uno de los siete domingos y así,
dirigiéndose a San José con más amor y fervor, alcancen de Dios, por
intercesión del glorioso Patriarca, cuando pudieren para ellas mismas y para
todos aquellos que les son tan caros en este y en el otro mundo.
Después de cada meditación del dolor y gozo que le
corresponde a ese domingo debe reforzarse el ejercicio de repasar en forma
resumida todos los siete domingos y gozos de San José, por ser condición
precisa para ganar las indulgencias.
Debe practicarse esta devoción durante siete (7) domingos consecutivos; Si
hubiere interrupción, aunque involuntaria es preciso empezar de nuevo.
Aun cuando no se haya fijado época alguna para ganar las
indulgencias plenarias que van unidas a esta santa práctica, creemos, sin
embargo que podría elegirse con preferencia los domingos que preceden a las
fiestas de San José; o bien algunas circunstancias particular en las cuales se
tiene necesidad de gracias más abundantes, como por ejemplo para conocer cada
uno su vocación o para conseguir la conversión de un pecador, o el buen éxito
de un negocio, la defensa de nuestra alma y de nuestra comunidad y familia del
enemigo maligno o algún asunto que interese a la gloria de Dios. Será muy
provechoso ofrecer todos los años a San José; este tributo de amor y de
reconocimiento por todos los bienes que nos ha alcanzado su inefable caridad,
lo que por otra parte se convertirá en un excelente medio de obtener de él
nuevos favores. A los que practiquen la precedente devoción de los siete
domingos seguidos y en cada uno confesando y comulgados visiten algún templo, u
oratorio público rogando a intención de su Santidad, concedió Pio IX
indulgencia plenaria para cada domingo. Los que no saben leer y viven donde esa
devoción no se hace en público, en vez de dichas oraciones hacer Gloria al
Padre. Quien no comulgue sino en el séptimo domingo, gana en él indulgencia
plenaria, y en cada uno de los seis anteriores de a 300 días.
ORACIONES
A REALIZAR
En cada Domingo Se
empieza con el Acto de Contrición (pág. 11. ), luego con la Meditación para
cada domingo y el Ejemplo del día correspondiente (pág. 12), continúa con el
refuerzo de los 7 Dolores y Gozos de San José resumidos para cada domingo (pág.
74 ) y por último las dos Oraciones a San José (pág. 85). 11
Fuente: lazosdeamormariano